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IMSS lanza Permiso COVID-19 V 4.0; ve cómo tramitarlo

Si crees tener síntomas causados por el virus SARS-CoV-2, el IMSS pone a tu disposición el Permiso COVID-19 V 4.0 de forma rápida y sencilla puedes obtener una incapacidad. Para ello, sigue los siguientes pasos:

  1. Si cuentas con una prueba de “Detección cualitativa de Coronavirus COVID-19 (SARS-CoV-2)” con resultado positivo, también puedes solicitar el Permiso COVID-19 V 4.0 cargando los resultados de la prueba en la aplicación IMSS Digital.
  2. Contar con una prueba con resultado positivo no es condicionante para solicitar u obtener el Permiso COVID-19 V.4.0.

Nota: En cualquier de los dos casos, a tu correo electrónico llegará tu incapacidad laboral por 5 días naturales, misma que deberás hacer llegar a tu centro de trabajo.
Es necesario registrar la cuenta CLABE, ya que es la manera en que se te deposita el pago correspondiente al Permiso COVID-19 V 4.0.
Es importante resaltar que si ya tienen una cuenta CLABE registrada para el pago de subsidios, a esta se direccionará el pago, si ya no está vigente deberán modificarla en la ventanilla de prestaciones económicas / servicios digitales, antes de hacer la solicitud del permiso, ya que el sistema toma la que fue previamente registrada.

También deberás adjuntar los siguientes documentos para obtener el Permiso COVID-19:
Identificación oficial vigente: credencial para votar expedida por el INE o IFE, o pasaporte expedido por la SRE. Deberás cargar la imagen completa del documento por ambos lados y legible. En caso de ser asegurado extranjero, deberás identificarte con tu pasaporte vigente acompañado de cualquiera de los siguientes documentos vigentes:

  1. Visa de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas.
  2. Visa de residencia temporal con permiso para realizar actividades remuneradas.
  3. Visa de residente temporal estudiante con permiso para realizar actividades remuneradas.
  4. Visa de residencia permanente.



No olvides cargar y verificar que los documentos cumplan con los requisitos, si no es así o falta uno de ellos tu solicitud no será procedente.
Una vez tramitado, no se puede cancelar.

En casos positivos, los permisos se otorgan hasta acumular 5 días de incapacidad, si al término de estos continuas con sintomatología deberás acudir a tu clínica u hospital más cercano para recibir atención y valoración médica presencial.

El pago es por 60% del salario registrado a partir del cuarto día, como cualquier incapacidad general.

Notifícalo en tu centro de trabajo para justificar tu ausencia.

AYÚDA A CORTAR LAS CADENAS DE CONTAGIO REALIZANDO TUS TRÁMITES EN LÍNEA

https://testcoronavirus.imss.gob.mx/webcovid19/Account/Login

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IMSS APLICÓ 30 QUIMIOS A MUJER QUE NO TENÍA CÁNCER

  • Publicado en Roja

El pasado 2 de julio también se informó que una mujer fue sometida en el 2017 a 30 sesiones de quimioterapia innecesarias, pues fue diagnosticada erróneamente con cáncer por dos médicos oncólogos del Hospital General de Zona (HGZ) No. 50 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en el estado de San Luis Potosí, reveló una investigación de la CNDH.

El problema inicial consistía en un tumor con dimensiones de dos centímetros que no era maligno, y que después de seis meses cuando se detectó el diagnóstico erróneo, éste creció a 10 kilogramos.

Los doctores del HGZ No. 50, “detectaron” tumor de células gigantes de hueso y sometieron a la paciente a quimioterapia innecesaria.

Debido a la mala praxis, la usuaria requerirá cuidados y tratamientos especiales por tiempo indefinido, los cuales deberá proporcionarlos el IMSS como consecuencia directa “de la inadecuada atención que recibió”.

Por ello, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), emitió la Recomendación 117/2022 a Zoé Alejandro Robledo Aburto, director general del IMSS. El instituto informó, ese mismo 2 de julio y por medio de un comunicado, que ya está analizando la recomendación emitida.

 

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Paciente sufrió la amputación de ambas piernas e histerectomía: IMSS, en Querétaro.

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió este martes una recomendación hacia el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) luego de que una paciente sufrió la amputación de ambas piernas e histerectomía a consecuencia de un diagnóstico erróneo en 2019.

“El 14 de junio de 2019, víctima, mujer de 27 años, remitió un correo electrónico a la DDHQ [ Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro], mediante el cual interpuso en contra de personal adscrito a la UMF 9 [Unidad de Medicina Familiar 9] y al HGR 1 [Hospital General Regional 1] del IMSS, en Querétaro, por una deficiente atención médica durante un legrado para retirar un Dispositivo Intrauterino (DIU) traslocado en septiembre de 2018, que le ocasionó una infección y en consecuencia tres paros cardiacos, extirpación del útero y del ovario derecho, así como la amputación de ambas extremidades inferiores, sin que se le otorgara un seguimiento adecuado a su condición clínica y sin que decidieran la especialidad médica que debía atenderla, considerando si correspondía a traumatismo y ortopedia o bien a angiología, por lo que se le omitió proporcionarle la fisioterapia que requería en ese momento”, detalló la CNDH en un comunicado.

Con motivo de lo anterior, se inició el expediente de queja CNDH/4/2019/5817/Q, y para documentar las violaciones a los Derechos Humanos se solicitó diversa información al IMSS cuya valoración lógico-jurídica es objeto de análisis en el capítulo de Observaciones y Análisis de las Pruebas de la Recomendación.

 “El día 15 de junio de 2019, la víctima interpuso queja telefónica ante esta CNDH en la cual manifestó que, el día 26 de abril de ese año, ingresó al HGR 1, por presentar una ‘infección en el calcáneo izquierdo’ -área del tobillo del pie izquierdo-, por lo cual se le suministró un antibiótico que aseguró no requería y también refirió que el personal médico que la atendió le indicó la realización de cuatro estudios clínicos, sin que se le realizaran dos de ellos, habiendo un retraso en su atención médica”, añadió.

El análisis que antecede debe ser considerado ampliamente en la reparación objeto de la recomendación, para poder otorgar una reparación integral que considere cada una de las aristas que debe incluir la reparación en el caso de la víctima como de sus dos hijos quienes también fueron afectados debido al impacto en su esfera psicosocial, con motivo de las alteraciones en su entorno y vida familiar.

“Se deberá otorgar de forma vitalicia a V1, el control, seguimiento y atención médica que requiera como consecuencia de la discapacidad permanente y las secuelas que esta le genere, proporcionar todos los dispositivos de prótesis requeridos y demás ayuda técnica que le permita su desplazamiento adecuado, que se adapten a su condición física, con base en un diagnóstico personalizado dependiendo de sus necesidades identificando los tiempos para el cambio de los componentes protésicos”, solicitó la CNDH.

“De igual manera se deberá proporcionar atención psicológica y/o psiquiátrica que requieran individual y/o familiarmente V1, V2, V3 y V4, la cual deberá ser proporcionada por personal profesional y especializado, hasta que alcancen su sanación psíquica y emocional, atendiendo a sus edades y necesidades, en un lugar accesible para las víctimas”, agregó.

 La atención deberá brindarse gratuitamente, de forma inmediata y en lugar accesible, con consentimiento de las víctimas, ofreciéndoles información previa, clara y suficiente, con enfoque diferencial y especializado en todo momento. Los tratamientos deben ser provistos por el tiempo necesario incluyendo de ser indispensable, la provisión de medicamentos.

También se deberá emitir, en el término de dos meses a partir de la aceptación de dicha recomendación, una circular en la que se instruya al personal directivo y médico de la UMF 9 en Querétaro del IMSS el seguimiento y revisión efectiva de los diferentes métodos anticonceptivos empleados por las mujeres con perspectiva de género, conforme a lo dispuesto en la legislación nacional e internacional, y en las Normas Oficiales Mexicanas correspondientes, la cual debe ser publicada en el portal de Internet de esa institución.

Por su parte, el IMSS respondió este mismo martes que analiza la recomendación emitida por la CNDH y refrendó su disposición de cooperar con los propósitos del órgano garante de los derechos humanos.


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